SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0420/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
III.4.1.Con relación a la supuesta falta de legitimación activa del Ministerio Público
Cabe precisar que -conforme se ha concluido en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia-, el Ministerio Público representa los derechos e intereses del Estado y la sociedad y ejerce la acción penal pública, y en el ejercicio de esta función interviene como sujeto procesal dentro del proceso penal, en el cual se le puede lesionar la garantía del debido proceso -dentro de ella el derecho a recurrir- y el derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva.
Consiguientemente, los Fiscales accionantes gozan de legitimación activa para presentar la presente acción de amparo constitucional, pues precisamente alegan lesión de los derechos a la doble instancia, tutela judicial efectiva y a la garantía del debido proceso; consecuentemente, corresponde ingresar al análisis de fondo del problema jurídico planteado en la presente acción.
- acción de
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Necesaria referencia a la legitimación activa de los representantes del Ministerio Público
- los intereses del Estado y la Sociedad,
- ejerce la acción penal pública
- III.2. Sobre la causa de pedir en las acciones de amparo constitucional
- derechos o garantías
- basta con señalar qué derecho fundamental se considera vulnerado sin que sea necesaria la cita de la disposición constitucional que lo reconoce”
- III.3
- a las que resuelvan medidas cautelares o su sustitución
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.Con relación a la supuesta falta de legitimación activa del Ministerio Público
- Fragmento 18
- III.4.3.Con referencia al problema jurídico planteado