Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0430/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.1.3. Petitorio
El accionante solicita se declare “procedente” el recurso y se disponga la nulidad de todo lo “recogido” y actuado en el operativo del día 16 de abril; la nulidad de la resolución 161/2009 emitida por la Jueza Séptima Cautelar y del Auto de Vista 158/09 pronunciado por los Vocales codemandados; la remisión ante un Juez de garantías competente en la ciudad de Santa Cruz, y se señale otra audiencia de medidas cautelares en la cual toda la prueba ilícita no sea tomada en cuenta y se ordene su libertad inmediata.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Sobre la actuación de los Vocales codemandados
- III.3. Análisis del caso
- y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal, sea disponiendo el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales y/o la remisión del caso al Juez competente,
- APROBAR