SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

"consideración de medidas sustitutivas a la detención preventiva"

         Llama la atención de sobremanera que el Juez de garantías a momento de declarar "improcedente" la acción de libertad contra el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal y erróneamente "procedente" contra el abogado demandado, dispuso que el Juez de garantías señale día y hora, dentro de las veinticuatro horas, de audiencia de "consideración de medidas sustitutivas a la detención preventiva" a favor de la agraviada, llegando a imponerle a la autoridad jurisdiccional, a quien además se deslindó de responsabilidad, aplique medidas de "plena seguridad que garanticen su plena presencia -de la procesada- en el desarrollo normal del proceso penal…", sin darle opción a que rechace las medidas sustitutivas, manteniendo la detención preventiva que dispuso anteriormente su suplente legal, que por si fuera poco la defensa nunca solicitó, resultando un abuso de autoridad e invasión de las funciones ordinarias que le corresponden al Juez cautelar. Corroborándose que su actitud excesiva fuera de todo marco legal, tiene antecedentes en otros casos en los que también actuó como Juez de garantías, tal como consta en expediente (fs. 6 a 7 vta., 8 a 13 vta. y 14 a 17), constituye indicios de responsabilidad disciplinaria que merecen investigación.