SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.2. Sobre la excusa planteada contra el Juez de garantías
A través de memorial presentado el 19 de agosto de 2009, Elsner Cruz Choque, Fiscal de Materia de la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (FELCN), formuló excusa contra el Juez Segundo de Partido y Sentencia de El Alto, amparado en el art. 34 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), argumentando que, habiéndose enterado que a su juzgado se sorteó la acción de libertad interpuesta por Andrés Laura Torrez en representación de Juana Rosario Chumacero Mejía, encontrándose a cargo de la dirección de la investigación expresó tener un interés legal en la referida acción de defensa, en consecuencia fundamentó su solicitud en el hecho de tener el Juez de garantías antecedentes concediendo la tutela en las acciones de libertad interpuestas por imputados de delitos de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, considerando con ello que tiene un interés marcado por perjudicar la labor investigativa de la FELCN (fs. 19 a 20), solicitud que rechazó la autoridad cuestionada por Resolución 189/2009 de 19 de agosto, sin mayor tramitación (fs. 23 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- i)
- 1)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1. Sobre la audiencia de medidas cautelares
- II.2. Sobre la excusa planteada contra el Juez de garantías
- II.3. Sobre la recusación interpuesta contra el Juez de garantías
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre la legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- III.4. Consideraciones sobre la tramitación de la excusa y recusación planteadas contra el Juez de garantías
- c)
- "consideración de medidas sustitutivas a la detención preventiva"
- ordenar la tutela
- 4º SE LLAMA SEVERAMENTE LA ATENCIÓN A RICARDO CHUMACERO TÓRREZ, JUEZ SEGUNDO DE PARTIDO Y DE SENTENCIA DE EL ALTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ