Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0475/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
El 13 de julio de 2009, su representada resultó aprehendida cuando se encontraba en el aeropuerto de la ciudad de El Alto, a pesar de no encontrarle en posesión de ninguna sustancia controlada, para luego ser conducida a su audiencia cautelar en la que pese de haberle manifestado a su abogado defensor que tenía una hija de siete meses de edad, no "hizo valer" este aspecto, por lo que a la fecha se encuentra indebidamente detenida en el Centro de Orientación Femenina de Miraflores.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- i)
- 1)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1. Sobre la audiencia de medidas cautelares
- II.2. Sobre la excusa planteada contra el Juez de garantías
- II.3. Sobre la recusación interpuesta contra el Juez de garantías
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre la legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- III.4. Consideraciones sobre la tramitación de la excusa y recusación planteadas contra el Juez de garantías
- c)
- "consideración de medidas sustitutivas a la detención preventiva"
- ordenar la tutela
- 4º SE LLAMA SEVERAMENTE LA ATENCIÓN A RICARDO CHUMACERO TÓRREZ, JUEZ SEGUNDO DE PARTIDO Y DE SENTENCIA DE EL ALTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PAZ