SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0517/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0517/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

“improcedente”

El Juez Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 7/09 de 11 de septiembre de 2009, cursante de fs. 67 a 71, por la que declaró “improcedente” la acción de libertad, manteniendo inalterables las actuaciones procesales cuestionadas por el accionante y disponiendo la suspensión de la ejecución del mandamiento de aprehensión de Branco Goran Marinkovic Jovicevic, mientras no se restituya legalmente el control jurisdiccional de la causa. Esta decisión, se asumió en base a los siguientes fundamentos: i) Conforme informó el Fiscal demandado al periódico La Razón, habría expedido mandamiento de aprehensión contra el representado del accionante, ordenando su cumplimiento a la Policía Nacional; ii) Sin embargo, ante el conflicto de competencias latente entre el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz y su similar Jueza Séptima del Distrito Judicial de La Paz, Branco Goran Marinkovic Jovicevic debió acudir ante el Juez cuya competencia reconoce o en su defecto, ante la Jueza que el Fiscal de Materia demandado asume; y, iii) Al respecto, es inadmisible que la aprehensión de una persona se lleve adelante sin control jurisdiccional; razón por la cual, sin considerar el fondo de los argumentos de la acción tutelar, sería necesario suspender el mandamiento referido, en resguardo de la libertad del representado del accionante.

Por los fundamentos expuestos, las circunstancias alegadas por el accionante en representación de Branco Goran Marinkovic Jovicevic, no se encuentran dentro del ámbito de protección de la acción de libertad; por cuanto, el Juez de garantías, al declararla “improcedente”, y conceder en parte la pretensión principal -aunque con otro fundamento y en errónea aplicación de la terminología al efecto-, efectuó una compulsa sesgada de los antecedentes del caso, sin dar correcta aplicación a los alcances de esta acción.