SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

II.4.

II.4.  El 8 de octubre de 2008, el Comité Departamental de la Persona con Discapacidad (CODEPEDIS), a través del oficio 0220/RMP/08, solicitó a “Silvia Salame”, información respecto a las personas con dependencia laboral con el Tribunal Constitucional, que tengan algún tipo de discapacidad o sean padres o tutores de personas que la padecieran (fs. 8).

En respuesta al oficio descrito supra, la Secretaria General a.i. del Tribunal Constitucional, remitió el oficio 25/2008 al CODEPEDIS, en el que incluyó el nombre del accionante y su hija en la lista solicitada (fs. 9), tomando en cuenta la información brindada por Agenor Jesús Alfaro Palma, en la carta que dirigió a dicha autoridad el 15 de octubre de 2008 (fs. 10); misma que fue puesta a conocimiento del Jefe de Personal de la misma institución, el 27 de noviembre de ese año (fs. 12) y reiterado su tenor ante la autoridad demandada, Silvia Gilma Salame Farjat, el 13 de febrero de 2009 (fs. 11).