SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2011-R

Fecha: 25-Abr-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 21 de agosto de ese año, se benefició a sus representados con la cesación de su detención preventiva, dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público por el delito de robo agravado; imponiéndoles como medidas sustitutivas, la obligación de presentar dos garantes, firmar cada quince días en el Tribunal de Sentencia y la prohibición de caminar hasta altas horas de la noche.

Pese a que, los Jueces Técnicos codemandados les otorgaron su libertad, no se dio curso aún a la misma, con el argumento que el Fiscal apeló la Resolución correspondiente; sin considerar que, el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), prevé que las apelaciones incidentales en medidas cautelares no tienen efecto suspensivo, sino que son de aplicación inmediata; oponiéndose a que puedan gozar de ella al hallarse desvirtuados los riesgos procesales, observando además que existe un retiro de denuncia de la víctima y un acuerdo transaccional. Por otra parte, el recurso se interpuso extemporáneamente, después de noventa horas de concluida la audiencia de cesación de detención preventiva, desconociendo los arts. 130 y 251 del CPP.