SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0545/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
1)
Marlene Bauty Aireyu, presentó informe escrito que cursa de fs. 107 a 108 vta., indicando: 1) Por la documentación que acompaña acredita ser propietaria de un bien inmueble ubicado en la zona denominada Normandía, con superficie de 751,90 m², registrado en DD.RR., que adquirió de Diego Roca Rojas, encontrándose en pacífica posesión juntamente a su familia por tres años; 2) La accionante pretende sorprender al Tribunal de garantías, al haber demandado a personas que no tienen relación alguna con los supuestos avasalladores de sus terrenos, al vivir ella en el barrio colindante; y, 3) En ningún momento ingresó a dichos terrenos, porque no se hallan en su posesión; siendo la acción presentada en su contra una calumnia, por lo que se reserva el derecho de seguir la acción penal pertinente.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- i)
- 1)
- a)
- ¡)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Amparo excepcional por medidas de hecho: Protección directa e inmediata prescindiendo del principio de subsidiariedad
- Fragmento 18
- III.2. Requisitos para conceder la tutela del amparo constitucional por medidas de hecho
- haciendo efectiva la protección por haberse procedido de forma violenta a despojar o avasallar la propiedad privada, mediante vías de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- después de veintidós días de su interposición
- III.5.2.De la Resolución del Tribunal de garantías remitida en revisión
- 1º APROBAR
- 2º Llamar severamente la atención