SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0545/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0545/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

III.5.2.De la Resolución del Tribunal de garantías remitida en revisión

           Por otra parte, se evidencia que la Resolución 059 de 12 de junio de 2009, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, realizó únicamente una relación de los actuados producidos desde la interposición de la acción de defensa en sus ocho considerandos, sin explicar los argumentos que motivaron su concesión; omitiendo fundamentar debidamente su Resolución, si bien en el acta de audiencia los Vocales a su turno, vertieron su decisión, dichos razonamientos debían encontrarse plasmados en la Resolución, teniendo en cuenta que tanto la parte accionante y demandada, deben conocer los motivos de la determinación asumida por las consecuencias que ello conlleva, constituyendo la motivación de las resoluciones judiciales una exigencia básica del debido proceso, que cuando es incumplida, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión, que impide a las partes saber el por qué de la parte dispositiva de un fallo o resolución; situación que deberá ser observada por el Tribunal de garantías en futuras oportunidades cuando asuma conocimiento de estas acciones de defensa.