Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0545/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.2.
II.2. Del testimonio de 25 de octubre de 2008, se advierte que Marlene Bauty Aireyu, adquirió de Diego Roca Rojas, dos lotes de terreno signados con los números 16 y 18, manzana 69, con una superficie de 751,90 m², ubicados en el fundo Normandía, cantón Paurito, provincia Andrés Ibáñez, barrio “20 de mayo”; cursando su registro en DD.RR. (fs. 96 a 97; y 100).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- i)
- 1)
- a)
- ¡)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Amparo excepcional por medidas de hecho: Protección directa e inmediata prescindiendo del principio de subsidiariedad
- Fragmento 18
- III.2. Requisitos para conceder la tutela del amparo constitucional por medidas de hecho
- haciendo efectiva la protección por haberse procedido de forma violenta a despojar o avasallar la propiedad privada, mediante vías de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- después de veintidós días de su interposición
- III.5.2.De la Resolución del Tribunal de garantías remitida en revisión
- 1º APROBAR
- 2º Llamar severamente la atención