SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

I.2.3. Informe de la tercera interesada

La AFP Futuro de Bolivia S.A., corroboró el informe escrito de las autoridades demandadas, respecto al contenido del Auto de Vista impugnado; en relación a la supuesta valoración incorrecta de las pruebas, aludió que el Auto de Vista 098 indica que según los certificados de pago se cancelaron las aportaciones, pero después del fallecimiento del beneficiario, cuando ya estaba “descoberturado” y por tanto correspondían los recargos impuestos a la empresa demandada; afirmación que se corrobora de la confesión espontánea de la parte actora y la nota de débito, cuya suma líquida y exigible está determinada por el referido Auto de Vista. Agrega que, la Empresa Agropecuaria SOGIMA S.R.L., se apropió indebidamente de los recursos de Marco Antonio Zeballos Melgar y enterados del conflicto judicial, recién pretendió devolver el dinero correspondiente.