Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0569/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.1.
II.1. Existencia de la denuncia presentada ante el Fiscal de Distrito de Santa Cruz por Plácido Barón Uyuquipa en su calidad de Diputado Nacional contra Hernán Gutiérrez Viveros, Zeneida Soria Sánchez, Aurelio Méndez, Manuel Borda Segerer, Luz Leny Ruiz, Leny Salces Ruiz y otros, “por la comisión de graves daños al Estado y a la comunidad de Porongo” (fs. 74 a 76).
- acción de libertad,
- Fragmento 2
- Hernán Gutiérrez Viveros
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Respecto a las actuaciones realizadas por el Fiscal de materia asignado al caso
- Respecto a la aplicación de la normativa prevista en el art. 226 del CPP
- Sobre la denuncia realizada por el accionante respecto al estado de salud de uno de sus representados
- III.2.Respecto a las recusaciones presentadas por el denunciante hoy codemandado, Placido Barón Uyuquipa
- éstos aspectos deben ser reclamados en la vía ordinaria penal donde se está dilucidando la recusación
- REVOCAR