Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0569/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III.1.Respecto a las actuaciones realizadas por el Fiscal de materia asignado al caso
El accionante por sus representados, manifiesta que el Fiscal codemandado realizó ciertas actuaciones al margen de la ley, señalando que la Resolución de imputación no fue realizada con la debida fundamentación, como también sostiene que la orden de aprehensión no tiene argumento legal alguno y que hubiese vulnerado el derecho a la vida de uno de éstos; cabe mencionar los siguientes aspectos:
- acción de libertad,
- Fragmento 2
- Hernán Gutiérrez Viveros
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Respecto a las actuaciones realizadas por el Fiscal de materia asignado al caso
- Respecto a la aplicación de la normativa prevista en el art. 226 del CPP
- Sobre la denuncia realizada por el accionante respecto al estado de salud de uno de sus representados
- III.2.Respecto a las recusaciones presentadas por el denunciante hoy codemandado, Placido Barón Uyuquipa
- éstos aspectos deben ser reclamados en la vía ordinaria penal donde se está dilucidando la recusación
- REVOCAR