SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2011-R
Fecha: 03-May-2011
por lo que al ser dichas determinaciones las que motivaron la emisión de las ahora impugnadas, debieron ser cuestionadas en la vía administrativa; no siendo esta acción tutelar, sustitutiva de los medios que la ley otorga a las partes de un proceso para la defensa de sus derechos;
Sin embargo, la empresa accionante no observó que la Resolución RD-022-08, conforme refirieron las autoridades demandadas en el informe que presentaron como emergencia del presente recurso, únicamente aclaró aspectos ya fijados en la Resolución 03-092-07 y que igual emergieron de la Resolución 01-004-08, que estableció los requisitos y condiciones para la autorización del ejercicio de funciones del despachante de aduana a nivel nacional; por lo que al ser dichas determinaciones las que motivaron la emisión de las ahora impugnadas, debieron ser cuestionadas en la vía administrativa; no siendo esta acción tutelar, sustitutiva de los medios que la ley otorga a las partes de un proceso para la defensa de sus derechos; encontrándose por ello la presente causa, dentro del supuesto de improcedencia previsto por el art. 96.3 de la LTC; situación que debió ser advertida por el Tribunal de garantías, declarando su improcedencia in límine, evitando que la jurisdicción constitucional se mantenga activa a efectos de considerar un recurso que no procedía” (las negrillas son nuestras).
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2.Sobre la cancelación de las autorizaciones de ampliación de jurisdicción de la agencias despachantes de aduana
- por lo que al ser dichas determinaciones las que motivaron la emisión de las ahora impugnadas, debieron ser cuestionadas en la vía administrativa; no siendo esta acción tutelar, sustitutiva de los medios que la ley otorga a las partes de un proceso para la defensa de sus derechos;
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- APROBAR