SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0784/2011-R

Fecha: 30-May-2011

III.4.

 III.4.En cuanto a las codemandadas, Ava Iris Pérez Barrientos e Ilosva Miranda Prado, Jueza en suplencia Legal del Juzgado Segundo de Partido de la Niñez y Adolescencia del Distrito Judicial de Cochabamba y Psicóloga Clínica Forense de la Unidad de Protección de Víctimas y Testigos de la Fiscalía de Distrito; respecto a la primera, cabe señalar que la única actuación que tuvo fue la de emitir el decreto por el cual regularizando procedimiento, convalidó la acogida de la menor, por cuanto estuvo en suplencia de ese Juzgado, de donde se evidencia que no tuvo mayor participación en el asunto; sobre la segunda, sólo actuó conforme dispone la ley y dentro de las funciones que cumple en la Fiscalía como Psicóloga Clínica Forense, elaborando los informes correspondientes que sirvieron de apoyo para poder determinar la necesidad y urgencia de alejar a la menor de su familia de origen, no siendo evidente la existencia de privación de libertad, por cuanto como se señaló el acogimiento no constituye una restricción a la libertad, sino es una medida asumida ante la situación de peligro respecto a la integridad física, moral y psicológica de los niños y adolescentes.