SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2011-R

Fecha: 03-Jun-2011

II.1.

II.1.  Dentro del juicio de responsabilidades seguido por el Fiscal General de la República en representación del Ministerio Público contra Roberto Claros Flores y otros, por los delitos de genocidio y otros (hechos suscitados en octubre de 2003 en la ciudad de La Paz), el 23 de noviembre de 2009, Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi (representado del accionante), solicitó se le cite en condición de testigo para prestar su declaración, el día jueves 10 de diciembre de 2009 (fs. 34 y vta.); pedido aceptado por el Presidente del Tribunal de juicio de responsabilidades, mediante decreto de 27 de noviembre de 2009, señalándose día y hora de presentación para el 8 de diciembre de 2009, a partir de horas 9:30, bajo prevención de emitir mandamiento de aprehensión en caso de incumplimiento (fs. 35); la audiencia fue suspendida debido a la imposibilidad material de una integrante del Tribunal, señalándose una nueva, para el 19 del citado mes y año, a horas 9:30, bajo prevención de emitirse mandamiento de aprehensión en caso de incomparecencia (fs. 39); Asimismo, de la certificación emitida por la Secretaria de Cámara de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, el 8 de diciembre de 2009, se advierte que el representado del accionante “estuvo aguardando en el salón de testigos, a horas nueve con quince minutos, el ocho de diciembre de dos mil nueve” (sic) (fs. 37).