Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.6.
II.6. Mediante memorial presentado el 3 de agosto de 2007, ajuntando el testimonio de poder 138/2007 de 4 de mayo, los abogados Jhonny Fernando Ramírez Prado y Grover Villanueva Tapia, Roberto Silvio Chávez Severich, en representación del Presidente del Directorio del LAB S.A. Antonio Chiquie Dipp y de la Directora Secretaria Norma Deissy Flores Zabalaga, solicitaron a la Jueza de la causa dejar sin efecto la conminatoria de pago, aduciendo que son solo abogados y por ende no corresponde se les conmine al pago; solicitud que fue rechazada por Auto de 13 de septiembre de 2007 (fs. 81 a 91 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- procedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11
- II.12
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El apremio como emergencia de procesos laborales
- III.2. El apremio de los representantes legales en la ejecución de fallos dictados en procesos laborales
- Fragmento 20
- III.4. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR