SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2011-R

Fecha: 19-Ago-2011

II.1.

II.1.  Celebrada la audiencia de consideración de solicitud de cesación de la detención preventiva, mediante Resolución 177/2009 de 22 de diciembre, los Jueces técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia, dispusieron conceder la cesación de la detención preventiva a Rolando Choque Escobar, conforme  al art. 239.3 del CPP y las previsiones del art. 240 de la misma norma, impusieron las siguientes medidas sustitutivas: 1) Obligación de presentarse ante el Tribunal de la causa y ante la Fiscalía una vez por semana; 2) Arraigo y obligación de fijar un domicilio verificado por funcionarios de la FELCN para su notificación personal; 3) Prohibición de salir de esta ciudad y del país sin autorización del Tribunal; y,  de concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas y de sustancias controladas; 4) Prohibición de tomar contacto con personas dedicadas a la actividad ilícita del narcotráfico, comunicarse con testigos, peritos u otros sujetos procesales que debe intervenir en su proceso; y, 5) Una fianza económica de Bs10 000.- (diez mil 00/100 bolivianos) (fs. 8 a 12).