SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1139/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.1.
II.1. Celebrada la audiencia de consideración de solicitud de cesación de la detención preventiva, mediante Resolución 177/2009 de 22 de diciembre, los Jueces técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia, dispusieron conceder la cesación de la detención preventiva a Rolando Choque Escobar, conforme al art. 239.3 del CPP y las previsiones del art. 240 de la misma norma, impusieron las siguientes medidas sustitutivas: 1) Obligación de presentarse ante el Tribunal de la causa y ante la Fiscalía una vez por semana; 2) Arraigo y obligación de fijar un domicilio verificado por funcionarios de la FELCN para su notificación personal; 3) Prohibición de salir de esta ciudad y del país sin autorización del Tribunal; y, de concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas y de sustancias controladas; 4) Prohibición de tomar contacto con personas dedicadas a la actividad ilícita del narcotráfico, comunicarse con testigos, peritos u otros sujetos procesales que debe intervenir en su proceso; y, 5) Una fianza económica de Bs10 000.- (diez mil 00/100 bolivianos) (fs. 8 a 12).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- ,
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre el debido proceso y la protección que brinda la acción de libertad
- III.3. Notificación en segunda instancia
- … en esta instancia no es obligatoria una notificación personal, toda vez que el art. 163 CPP, citado precisamente por el recurrente, señala cuando se debe notificar personalmente y también dispone qué otras normas del mismo Código establecerán otros actos y resoluciones con los cuales se deberá notificar de la misma forma.
- el 20 de abril de 2010, en su domicilio procesal
- 3 del citado mes y año
- se tienen como plenamente válidas las notificaciones realizadas el 20 de abril y el 3 de mayo del citado año
- ordenar la tutela