SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1275/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
II.7.
II.7. A través del memorial presentado el 17 de febrero de 2009, la representada del accionante, amparándose en art. 189 del CPC, solicitó a la Jueza demandada la mutación y revocatoria de las determinaciones asumidas con relación a los diversas solicitudes planteadas en los otrosíes de su memorial de respuesta y reconvención de la demanda, además solicitó un pronunciamiento expreso de los petitorios no resueltos y que la audiencia fijada para definir la asistencia familiar se suspenda mientras se resuelva la solicitud de revocatoria planteada; petición que fue rechazada por la Jueza demandada a través del decreto de 20 de febrero de 2009, con el argumento de ser extemporánea de conformidad a lo dispuesto por los arts. 216 y 217 del CPC, aclarando además que el memorial de 6 de noviembre de 2008 fue debidamente providenciado mediante decreto de 11 de enero de 2009; rechazo que se notificó a la representada del accionante el 2 de marzo de 2009 (fs. 154 a 160).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “parcialmente procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso de autos
- “procedente parcialmente”,
- R