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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2011-R

    Fecha: 26-Sep-2011

    II.3.

    II.3.  Mediante Auto de Vista 053/2003 de 21 de enero, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba  revocó la Sentencia apelada y declara probada la demanda, ordenando el pago a favor de Carlos Alberto de Marchi Lombardich la suma de $us 20.000 (veinte mil dólares americanos), por salarios devengados (fs. 123 a 124 vta.).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. En cuanto a la legitimación activa
    • demuestre conforme exige el ordenamiento jurídico, que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo…'.
    • una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como violado, en función del interés personal que tiene quien pide el amparo”
    • vale decir cuando la tutela la solicita quién no es agraviado personal y directamente con un acto u omisión denunciada de ilegal, es inviable el recurso por falta de legitimación activa
    • APROBAR

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