SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1339/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1339/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

a)

Solicita se declare “procedente” el “recurso” interpuesto, disponiendo: a) Se deje sin efecto la Resolución 216/2009 de 26 de agosto; b) Se le restituyan sus derechos y garantías constitucionales ilegalmente suprimidos; y, c) Se mantenga firme la Resolución 011/2009 de 30 de abril y Auto Complementario de 5 de mayo de igual año, dictado por la Jueza Quinto de Sentencia.

Carla Violeta Arce Aliaga, abogada y apoderada del tercero interesado Efraín Campero Mercado, en audiencia, expresó: a) Si bien el proceso se inició el 6 de enero de 2004, fecha en la que se emitió la imputación; empero, se dilató a causa del accionante; b) No hubo falta de interés por parte de la acusación particular, ya que en todo momento trataron que el proceso continúe; cuya dilación se debe a que los imputados Nicanor Vila y Juana Herrera Vargas de Fernández, fueron declarados rebeldes y se tuvo que designar tres defensores de oficio, que no se presentaron a las audiencias; c) De acuerdo al art. 344 última parte del CPP, se establece que el fiscal y querellante fundamenten la acusación particular. La acusación particular, ha fundamentado la existencia de concurso ideal de delitos de los imputados, aspectos que se obviaron en la acción de amparo; d) Las citadas Sentencias Constitucionales, son anteriores al hecho que originó el proceso, que data de 6 de enero de 2004; y, e) Solicitó se mantenga firme y subsistente el Auto de Vista dictado por la Sala Penal Tercera, mediante Resolución 216/09 de 26 de agosto.