Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1750/2012
Fecha: 01-Oct-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se declare “procedente” la acción de amparo constitucional, revocando el Auto de Vista de 10 de mayo de 2010 y el Auto de 23 de noviembre de 2007, y consecuentemente, se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta que se cite legalmente a su representada con el señalamiento de remate conforme previene el art. 1479 del CC, con costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. De los terceros interesados y su intervención en una acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.
- 2º Se llama severamente la atención