SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1767/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1767/2012

Fecha: 01-Oct-2012

concedió parcialmente

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, pronunció la Resolución 24 de 7 de diciembre de 2010, cursante de fs. 223 a 227 vta., misma que concedió parcialmente la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: Si bien la resolución rechaza los incidentes en la fundamentación, no realiza una adecuada valoración respecto cual es la participación del Ministerio Público, y cual la consecuencia jurídica que pudiese tener el rematar un bien inmueble que cuenta con una anotación preventiva producto de un proceso penal, en ese sentido la Jueza codemandada omitió pronunciarse en forma adecuada y correcta y como consecuencia a traído en forma aparentemente contradictoria la decisión de declarar improbados los incidentes pero en definitiva dispone que el remanente del dinero sea entregado a la DIRCABI, por lo que se establece que el resultado del análisis al que llegó la Jueza es contradictorio entre la parte considerativa y la parte resolutiva. Disponiendo: .1) La nulidad del Auto de 21 de diciembre de 2009; emitido por la Jueza Octavo de Instrucción en lo Civil; 2) La nulidad del auto de 30 de abril de 2010, emitido por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial; 3) Que la Jueza Octava de Instrucción en lo Civil se pronuncie dentro de los límites de los incidentes planteados, debiendo resolver cuales son las consecuencias jurídicas del remate de un bien inmueble sujeto a incautación; y, 4) Entre tanto la Jueza de instancia se pronuncie en forma adecuada, sobre el remanente del remate que asciende a la suma de $us 88 985,70.- quede en custodia de la DIRCABI.