SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1767/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III.3. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso como garantía
La SC0459/2011-R de 18 de abril, haciendo referencia a las SSCC 1365/2005-R de 31 de octubre y 0692/2010-R de 19 de julio, ha expresado que: ”Como un elemento de la garantía del debido proceso, la exigencia de la motivación de las resoluciones, importa la obligatoriedad a la que está sujeta toda autoridad que asuma conocimiento de un reclamo, solicitud o dicte una resolución a momento de resolver una situación jurídica, de exponer los motivos que sustentan su decisión, con la debida exposición de los hechos y el fundamento jurídico con enunciado de normas legales; así también, estos aspectos deben responder a criterios de inteligibilidad y coherencia entre el fondo y la forma de su contenido, de modo que el administrado adquiera plenamente convencimiento que no había otra forma de resolver los hechos juzgados, sino de la forma en que se decidió. Al respecto, la jurisprudencia constitucional se refirió enfatizando que: “…cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas. En sentido contrario, cuando la resolución aún siendo extensa no traduce las razones o motivos por los cuales se toma una decisión, dichas normas se tendrán por vulneradas”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió parcialmente
- I.2.5. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional, su naturaleza
- III.2. De los derechos denunciados por la accionante
- III.3. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso como garantía
- III.4. Del debido proceso y congruencia
- 1. Incautación:
- 10. Imposibilidad de contratación:
- III.6. Análisis del caso concreto
- de la posesión o la tenencia de los mismos, mientras dure el proceso o sea necesario su resguardo a los fines de la investigación
- 1°