SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1805/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1805/2012

Fecha: 01-Oct-2012

denegó

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 06/2011 de 18 de enero, cursante de fs. 1121 vta. a 1123 vta., denegó “la tutela de Acción de Amparo” interpuesta por Gober López Velasco, y concedió las medidas cautelares solicitadas por la junta vecinal “Urbanización Policial Texas Arizona”, “bajo la garantía que no serán molestados hasta que vuelva en revisión el presente fallo del Tribunal Constitucional, conforme proceda el mismo. A su vez y frente a la controversia del derecho propietario que existe, ninguno de los propietarios podrá molestar a los vecinos de la Junta Vecinal Policial Texas Arizona conforme lo establece el art. 99 de la ley 1836. En cuanto al mandamiento de desapoderamiento librado por la sala civil primera la fuerza pública deberá dar cumplimiento a aquello, sólo a las tres personas que se mencionan en la presente Acción de Amparo” (sic), con los siguientes fundamentos: i) La subsidiariedad se activa cuando el afectado tiene otro medio de defensa judicial, en ese sentido ambas partes reconocieron que existe un proceso civil y que el mismo se encuentra en casación y se trata del mismo predio;