SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1805/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.10
II.10 Auto 185/2010 de 17 de diciembre, que declara la improcedencia in limine del presente “recurso” de amparo constitucional interpuesto por Gober López Velasco contra Kinjo Shimabukuro Toyosato, emitido por Teresa Lourdes Ardaya, Victoriano Morón Cuellar y Sergio Cardona Chávez, Vocales de la Sala Civil Segunda, los dos últimos disidentes y su correspondiente notificación a Gober López Velasco (fs. 107 a 109), quien por memorial de 24 de diciembre de 2010, impugnó la resolución de rechazo, con su respectiva providencia de 3 de enero de 2011, que señaló: “En mérito al memorial que antecede se tiene presente” (fs. 110 a 113); y, memorial de 4 de enero de 2011, por el cual retiró la impugnación en razón de estar firmado el Auto de rechazo in limine sólo por Teresa Lourdes Ardaya y no por los otros dos Vocales (fs. 115 a 116 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- ii)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. Imposibilidad de revisión de procedimiento de otras acciones tutelares cuando constituye sentencia emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR