SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1805/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció que Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Civil Segunda, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Kinjo Shimabukuro Toyosato contra Widen Ferrel Aguilera, Aurora Castillo Vásquez y Vanesa Limpias Saucedo, concedieron la tutela a favor del entonces accionante disponiendo la inmediata desocupación de los terrenos y su correspondiente entrega, además de permanecer la custodia policial por el lapso de quince días a efectos de garantizar el desapoderamiento, sin habérsele notificado en su calidad de tercero interesado, puesto que el referido predio es de su propiedad por lo que se estaría vulnerando sus derechos a la propiedad privada, al debido proceso a la defensa, igualdad jurídica, defensa en juicio, y los principios de buena fe y de legalidad. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- ii)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I
- III.2. Imposibilidad de revisión de procedimiento de otras acciones tutelares cuando constituye sentencia emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR