Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1813/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III.3.1. De los requisitos para ingresar al análisis de la legalidad ordinaria
Los requisitos que posibilitan la tutela de las acciones de defensa mediante la interpretación de la legalidad ordinaria han sido resumidos por la SC 1970/2010-R de 25 octubre, que afirmó: “…se abre la tutela o protección que brindan las acciones de defensa, claro está sujeta a requisitos y exigencias desarrolladas jurisprudencialmente también por este Tribunal; los cuales son:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “Autoriza excepcionalmente la aplicación del art. 131 de la Ley de Fortalecimiento de la Normativa y Supervisión Financiera Ley 2297, la exención del pago de aranceles judiciales a favor del Banco Sur S.A. 'En liquidación', al constituirse en una entidad intervenida por la Superintendencia de Banco y Entidades Financieras, como entidad del Estado”
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.2. Informes de las autoridades demandas
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.1. Del derecho al debido proceso
- sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; es decir, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales
- a ser escuchado en juicio
- al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución
- Por ello, cuando se exigía la tutela en su generalidad se lo hacía unido a otros derechos como lógica consecuencia, no así de manera independiente
- tiene por finalidad la protección de derechos y no así de principios constitucionales.
- III.3. De las reglas de procedencia de la interpretación de la legalidad ordinaria en la tutela de las acciones de defensa
- III.3.1. De los requisitos para ingresar al análisis de la legalidad ordinaria
- ' 1)
- 3)
- III.4. Análisis del caso concreto
- -
- CONFIRMAR