SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1894/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1894/2012

Fecha: 12-Oct-2012

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 28 de 20 de agosto de 2012, cursante de fs. 123 vta. a 127 vta., concedió la tutela solicitada, disponiéndose la nulidad del proceso sumario administrativo interno y restitución inmediata de sus derechos y garantías vulnerados, con remisión de antecedentes al Ministerio Público, en cumplimiento de lo establecido por el art. 57 del Código Procesal Constitucional (CPCo), habida cuenta que se han encontrado indicios de responsabilidad civil y penal en el accionar de las autoridades demandadas,  todo lo señalado en base a los siguientes fundamentos: 1) “Los hoy denunciantes” no tienen legitimación activa para formular la denuncia contra el Juez accionante, porque no tienen la condición de concejales; además que los verdaderos afectados hicieron conocer que  no otorgaron ningún poder a los “hoy denunciantes” para que puedan interponer el proceso contra el demandado; 2) Se extrañan la ligereza de la Jueza Tercera Disciplinario del Consejo de la Magistratura, que dictó un Auto, sin que contenga la fundamentación ni la descripción necesaria de los elementos de hecho y de derecho, disponiendo la suspensión de funciones de Juan José Subieta Claros; y, 3) Asimismo, señala que la Jueza codemandada, emitió un Auto de complementación y enmienda, concediéndole un plazo improrrogable de cuarenta y ocho horas desde su legal citación con dicha resolución, a objeto de que remita al Consejo de la Magistratura el informe circunstanciado acompañado de los descargos correspondientes; ante tal situación el Tribunal de garantías refiere que fue un acto de confesión de las irregularidades incurridas por los hoy demandados, que sin escuchar al denunciado ordenó su suspensión por el tiempo que dure la investigación.