SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1916/2012
Fecha: 12-Oct-2012
2º
2º Dejar sin efecto el Auto Supremo 12 y su Complementario 23 emitidos por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia integrada por los Magistrados ahora demandados; para que, en aplicación de la jurisprudencia constitucional vinculante y en resguardo del debido proceso, dicho Tribunal analice y se pronuncie sobre el fondo del recurso de casación, acorde con la doctrina legal que rige en la material y de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que en cumplimiento de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías, posteriormente se hubieren subsanado en forma efectiva las lesiones a los derechos fundamentales y garantías constitucionales de los afectados y definido su situación jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Recurso de casación en materia civil
- III.2. El debido proceso y los principios de congruencia y pertinencia de las resoluciones
- III.2.1. Pertinencia de las resoluciones
- III.2.2. Principio de congruencia
- III.3.El deber de motivación y valoración integral de la prueba
- III.3.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3.2.
- a) Respecto a la omisión de pronunciamiento de los extremos denunciados de manera expresa en el memorial de contestación al recurso de casación.
- b) Respecto a la supuesta valoración arbitraria e irrazonable de la prueba sin obedecer a los marcos de razonabilidad y equidad
- concedido
- 2º