Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1916/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.1.2. Derechos y garantías vulnerados
El accionante señala como lesionados los derechos de sus representados al debido proceso, a la motivación, a la fundamentación y exhaustividad de los fallos, a la tutela judicial efectiva, a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la defensa y a la igualdad, citando al efecto los arts. 14.I, 115.II,119.II,178.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Recurso de casación en materia civil
- III.2. El debido proceso y los principios de congruencia y pertinencia de las resoluciones
- III.2.1. Pertinencia de las resoluciones
- III.2.2. Principio de congruencia
- III.3.El deber de motivación y valoración integral de la prueba
- III.3.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3.2.
- a) Respecto a la omisión de pronunciamiento de los extremos denunciados de manera expresa en el memorial de contestación al recurso de casación.
- b) Respecto a la supuesta valoración arbitraria e irrazonable de la prueba sin obedecer a los marcos de razonabilidad y equidad
- concedido
- 2º