SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2156/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2156/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.6.

II.6.  Por providencia de 2 de junio de 2010, Agustín Flores Calle, Juez técnico demandado, decretó “A la oficina y CÚMPLASE, debiendo acumularse a los antecedentes las actuaciones procesales. Alternativamente líbrese mandamiento de condena…” (sic), providencia que se halla firmada sólo por este Juez demandado (fs. 9 y 238 del segundo anexo). Con esta Resolución se notificó a la accionante el 2 de junio de 2010, en su domicilio procesal (fs. 239 vta. del segundo anexo).