Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2300/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, estiman como vulnerados los derechos a la libertad personal y de circulación, y al debido proceso, por cuanto consideran que sus representados están siendo indebidamente perseguidos porque el representante del Ministerio Público emitió en su contra ilegales citaciones para prestar declaraciones informativas así como mandamientos de aprehensión, por lo cual acudieron ante las autoridades judiciales demandadas; sin embargo, no resolvieron sus solicitudes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “OTORGAR LA TUTELA DEL DERECHO A LA LIBERTAD”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso, que impliquen lesión a los derechos fundamentales de todo denunciado o sindicado, la misma debe presentarse ante el juez cautelar como el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- Fragmento 14
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- b)
- III.3.2. En cuanto a la actuación de Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal
- III.3.3. En cuanto a la actuación de Carlos Martín Camacho Chávez, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- 1o CONFIRMAR en parte