SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2300/2012
Fecha: 16-Nov-2012
III.3. Análisis del caso concreto
Los representantes de los accionantes, expresan que se vulneraron los derechos invocados en la acción de libertad interpuesta, debido a que consideran que están siendo indebidamente perseguidos, por cuanto sin que exista denuncia ni querella ni intervención policial, la autoridad fiscal procedió a emitir órdenes de citación en su contra a objeto de que presenten sus declaraciones informativas.
Posteriormente, ante su incomparecencia se dispuso en su contra mandamientos de aprehensión ilegales, acudiendo ante las autoridades esas arbitrariedades cometidas; pero, sus solicitudes no fueron oportunamente resueltas y por último, el 12 de octubre de 2012, se procedió a la aprehensión de Ricardo Gutiérrez Gutiérrez, sin que a la fecha sea resuelta solicitud alguna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “OTORGAR LA TUTELA DEL DERECHO A LA LIBERTAD”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso, que impliquen lesión a los derechos fundamentales de todo denunciado o sindicado, la misma debe presentarse ante el juez cautelar como el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- Fragmento 14
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- b)
- III.3.2. En cuanto a la actuación de Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal
- III.3.3. En cuanto a la actuación de Carlos Martín Camacho Chávez, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- 1o CONFIRMAR en parte