Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2535/2012
Fecha: 14-Dic-2012
II.1.
II.1. Por memorial de 26 de diciembre de 2008, Oscar Gerardo Montes Barzón, Alcalde Municipal de Tarija, interpone demanda de indemnización por mejoras contra Hilda Vadillo Arce Vda. de Castellanos; asimismo, solicita se disponga por ante el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, la retención de la suma de $us364 950.-, trámite realizado ante el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil y Comercial (fs. 3 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.3. Trámite procesal de la acción de amparo constitucional y de los requisitos de admisibilidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- mismo que se encuentra pendiente de Resolución ante el Tribunal Supremo de Justicia
- CONFIRMAR