SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2535/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2535/2012

Fecha: 14-Dic-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, arguye que los demandados, al no haber dejado sin efecto la medida precautoria de retención de dinero, pese a que la Sentencia dentro del proceso de pago de mejoras seguido por la Alcaldía Municipal de Tarija en contra suya fue declarada improbada y confirmada por Auto de Vista, vulneraron los derechos contenidos en los arts. 156 y ss., 514, 515 y 550 del CPC. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.