Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2539/2012
Fecha: 14-Dic-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los abogados de la accionante, ratificaron el contenido de su demanda, y ampliando señalaron que en el caso de autos se habló de dos terrenos totalmente diferentes y que Cinthya Forno Velasco está siendo sometida a una expropiación de su bien inmueble de manera violenta sin previo proceso, ya que ella nunca fue notificada con ningún actuado en el proceso coactivo civil, pretendiéndose ejecutar una orden de desapoderamiento de un inmueble que nada tiene que ver en el pleito, donde el adjudicatario no es el titular, violentando el Juez demandado, la interpretación gramatical del art. 45.II de la LAPCAF, por lo que reiteran se conceda la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hecho que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- Fragmento 7
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Sobre el derecho a la propiedad privada
- III.5. Sobre el principio de legalidad
- III.6
- III.7. Sobre la fundamentación y congruencia de las resoluciones judiciales
- III.8. Análisis del caso concreto
- no se otorgó certeza a ninguna de las partes respecto al bien adjudicado y a tomar posesión por el adjudicatario
- III.8.2. Sobre la actuación de los Vocales co-demandados y el Auto de Vista de 2 de mayo de 2012, que confirmó el Auto Definitivo de primera instancia.
- APROBAR