Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2539/2012
Fecha: 14-Dic-2012
II.3.
II.3. El 16 de febrero de 2012, Cinthya Forno Velasco, interpuso apelación contra el Auto Definitivo de 6 de febrero del año señalado, pidiendo al ad quem revoque la Resolución impugnada y alternativamente declare probada su incidente de oposición de desapoderamiento, toda vez que fue vulnerado el art. 45.II de la LAPCAF, conculcándose su derecho propietario protegido por los arts. 56.I de la CPE, 1205, 1286 y 1538 del Código Civil (CC) y 397 del CPC. (fs. 1260 a 1265 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hecho que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- Fragmento 7
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Sobre el derecho a la propiedad privada
- III.5. Sobre el principio de legalidad
- III.6
- III.7. Sobre la fundamentación y congruencia de las resoluciones judiciales
- III.8. Análisis del caso concreto
- no se otorgó certeza a ninguna de las partes respecto al bien adjudicado y a tomar posesión por el adjudicatario
- III.8.2. Sobre la actuación de los Vocales co-demandados y el Auto de Vista de 2 de mayo de 2012, que confirmó el Auto Definitivo de primera instancia.
- APROBAR