SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2588/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2588/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III.5.   De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución

            En aplicación de los principios de previsibilidad y seguridad jurídica, el Tribunal Constitucional Plurinacional, se encuentra facultado de dimensionar los efectos de las resoluciones constitucionales, tomando en cuenta la forma de resolución, concediendo o denegando la acción impetrada -además de que las mismas se ejecutan inmediatamente- en mérito a una interpretación previsora a la que está sujeta la jurisdicción constitucional y en resguardo al principio de la seguridad jurídica; situación por la cual, corresponde dimensionar los efectos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, tomando en cuenta que la inicial denegatoria, posiblemente no pueda ser modificada, por el propio Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, que emitió el Auto Interlocutorio 354/2011 de 9 de julio, toda vez que probablemente, ya no se encuentre en la actualidad, conociendo el caso y por ello carezca de la facultad de señalar y realizar nueva audiencia de detención preventiva, puesto que el proceso posiblemente ya hubiese pasado a otra instancia o haya adquirido ejecutoria.