Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2012-RCA
Fecha: 23-Abr-2012
I.3. Petitorio
Solicita se declare procedente y se conceda la acción de amparo constitucional interpuesta y se deje sin efecto el Auto Supremo 436 de 22 de octubre de 2009 y todos sus actos consecuentes y se ordene que la Sala Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, pronunciada nuevo Auto Supremo para considerar los recursos de casación formulados contra el Auto de Vista de 21 de octubre de 2003, debidamente fundamentado conforme a la ratio decidenci de la sentencia constitucional que se pronuncie.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2. Causales de improcedencia del amparo constitucional.
- no procede
- improcedencia
- II.3. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- 1
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- forma son los establecidos en los numerales 1, 2 y 5
- acción de amparo constitucional se encuentra más allá del término perentorio observado por el art. 129.II de la CPE
- no se cumple con los requisitos de fondo de la acción de amparo constitucional
- y no contra el ahora accionante
- el petitorio está condicionado al pronunciamiento de la Sentencia Constitucional
- III.5.3. Improcedencia por subsidiariedad
- APROBAR