AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2012-RCA

Fecha: 23-Abr-2012

improcedencia in limine

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 35/2012 de 7 de febrero, cursante de fs. 3622 y 3623, declaró la improcedencia in limine con los siguientes fundamentos: a) Se incumple la preceptiva contendida en el art. 77.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), por cuanto tal norma exige del accionante, no la formulación de un mero petitorio; b) El peticionante solicita el pronunciamiento de un nuevo auto supremo, que resuelva recursos de casación que no fueron deducidos por ése Tribunal; c) El Auto de Vista data del 22 de octubre de 2009, por lo que la impugnación del mismo mediante esta vía, se encuentra más allá del término de perentoria; d) Deduce la presente acción contra autoridades que no intervinieron en el Auto Supremo impugnado; y, e) Invoca el hecho vulnerado de la adopción de medidas cautelares de carácter real, las cuales son impugnables en vía de apelación incidental, correspondiendo previamente activar esa vía.