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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2012

    Fecha: 09-Abr-2012

    2º Disponer

    2º Disponer, que el ente deliberante se pronuncie sobre la reconsideración presentada; salvo que por el tiempo transcurrido entre la presentación de la acción de amparo constitucional y su resolución, ya se hubiere definido la situación de los accionantes, así como la medida cautelar dispuesta en el Auto de Admisión de la presente acción tutelar.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • ,
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • c)
    • d)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Efectos del trámite del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • III.3.
    • III.4. Sobre el caso concreto
    • Fragmento 19
    • improcedente
    • 1° REVOCAR
    • 2º Disponer

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