SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2012

Fecha: 09-Abr-2012

a)

Los accionantes solicitan se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: a) Se deje sin efecto la OM 3825/2008 que dispone la caducidad de la línea “Ñ” y demás actuaciones que dieron lugar a dicha Ordenanza; b) Se imprima el trámite correspondiente al recurso incidental de inconstitucionalidad de la OM 2989/2003, con daños y perjuicios; y, c) Asimismo, solicitan se disponga que Tráfico y Vialidad y el Organismo Operativo de Tránsito, se abstengan de interferir en su trabajo.

a) El primero fue presentado el 18 de julio de 2008, por Jorge Vidal Claros, Secretario General y Néstor Lamas Montaño, Secretario de Relaciones, ambos del Sindicato de Transportistas Línea 7 “Nuestra Señora de Urkupíña”, ante el Comité de Transportes del Municipio de Cercado, solicitando se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad de la OM 2998/2003, que aprobó el Reglamento Municipal para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros, aprobada el 10 de abril del 2003, mismo que fue devuelto por el citado Comité (fs.33-36).