SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2012
Fecha: 19-Abr-2012
II.4.
II.4. Concluyendo la autoridad fiscal que, en virtud de las pruebas colectadas en la etapa investigativa, el Fiscal Policial emite Requerimiento de Acusación cursante de fs. 282 a 283, solicitando al Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz señale día y hora de audiencia oral, pública, contradictoria y continúa; requerimiento que es impugnado por el acusado ante este Tribunal, mediante memorial de 10 de mayo de 2011, cursante de fs. 287 a 288 vta., por el que solicita se devuelvan obrados a la Dirección Departamental de Investigación Policial Interna, por existir errores según el acusado insubsanables, sin embargo dicha impugnación no ameritó mayor consideración por el Tribunal policial de primer grado.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 20
- III.1. Exordio a la responsabilidad disciplinaria de los miembros de la Policía Boliviana
- Fragmento 22
- III.2. El debido proceso en procesos administrativos disciplinarios
- III.3.1.
- APROBAR