Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2012
Fecha: 14-May-2012
II.4.
II.4. El 12 de febrero de 2009, la Autoridad Sumariante, resolvió declarar la existencia de responsabilidad administrativa contra el servidor público Wilmar Guery Zurita Mercado, por infracción a los arts. 88 incisos a), c), g) e i) y 89 inc. a) del Reglamento Interno de Personal de la Alcaldía Municipal de Cochabamba y de conformidad a lo establecido por el art. 29 de la LACG, se le impuso la sanción de destitución, Resolución que según lo expresado en el memorial de interposición por el accionante, le fue notificado el 20 de febrero de 2009 (fs. 65 a 71).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- “procedente”
- 1)
- i)
- a)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- “1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación;
- SC 0150/2010-R
- impugnando la competencia de la autoridad sumariante que conoció el mismo,
- el cual fue rechazado el 8 de julio de 2009 y remitido ante el Tribunal Constitucional,
- el accionante
- 2º