SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2012

Fecha: 24-May-2012

III.2.  Facultad del fiscal en cuanto al mandamiento de aprehensión

El Código de Procedimiento Penal, establece como una de las atribuciones del fiscal, librar mandamiento de aprehensión, en el caso previsto por el art. 224, que señala: “Si el imputado citado no se presentaré en el término que se le fije, ni justificara un impedimento legítimo, la autoridad competente librará mandamiento de aprehensión”. Para que el fiscal libre mandamiento de aprehensión obviando el citado artículo, deben necesariamente concurrir ciertos supuestos previstos en el art. 226 del CPP.