SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2012

Fecha: 04-Jun-2012

II.6.

II.6.    El 13 de septiembre de 2010, en cumplimiento del Auto Inicial de proceso, se fijó audiencia de sorteo de Vocales para el 15 del mismo mes y año, y apertura de proceso oral, público y contradictorio el 20 de septiembre de 2010 (fs. 150). El Oficial de Diligencias del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz, elevó informe indicando que no se pudo notificar a Jenny Patricia Rocha Coronel, quien no estaría en la lista de revista del Comando General, al encontrarse con sanción disciplinaria de retiro temporal y sin goce de haberes (fs. 151); disponiendo el Presidente del Tribunal, su notificación mediante cedulón en Secretaría (fs. 152), en aplicación del art. 85 del RFDSPN  (fs. 151 vta.).

           Posteriormente, por Auto de 20 de septiembre de 2010, el Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz, declaró rebelde a la procesada Jenny Patricia Rocha Coronel, designándole abogado defensor (fs. 153); procediéndose a la publicación de edictos policiales en el periódico “El Diario” (fs. 154 a 157).