SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2012

Fecha: 18-Jun-2012

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

La autoridad demandada, en audiencia manifestó que no restringió o suprimió derechos del “recurrente”, pues el mismo habría sido beneficiado con el derecho de redención en el proceso de tráfico de sustancias controladas y “en el segundo proceso si bien se rechazó la solicitud, este rechazo puede ser objeto de apelación” (sic), y en el tercero, la resolución de rechazo fue apelada, demostrando que no se restringió sus derechos, y que el rechazo de la solicitud de fotocopias fue por el anuncio de que sería para tramitar beneficio en los otros procesos, siendo que el beneficio procede sólo en un proceso, y para  evitar gastos insulsos a la parte, por lo que pidió que el “recurso” sea declarado “improcedente”.