Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2012
Fecha: 18-Jun-2012
II.2.
II.2. Por memorial de 19 de diciembre de 2009, Andrés Carvajal, formuló recurso de reposición solicitando se modifique la providencia de 17 de diciembre del mismo año, con relación al OTROSI 2do. (fs. 41 a 42 vta.); mediante Auto de 22 del mismo mes y año, la autoridad demandada rechazó la solicitud de reposición planteada (fs. 43).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- solicita fotocopias legalizadas
- respecto a la finalidad que pudiera tener las fotocopias legalizadas solicitadas
- Fragmento 17
- III.3.1. Sobre la extensión de fotocopias legalizadas y su relación con el derecho de petición
- III.3.2.
- “sin recurso ulterior”;
- REVOCAR